Validez de testamento ológrafo.
Supuesto de hecho:
Carmelo Cotón, hijo de Elba Surero y esposo de Dolores Delano, sin descendencia, fallece el 5 enero de 2023. Ante tal situación, Dolores Delano solicita el acta de declaración de herederos abintestato con fecha de 28 de enero de 2023, donde es declarada heredera (usufructo de la mitad de la herencia), respetando los derechos que correspondían a su madre, Elba Surero. A los pocos días encuentra un testamento ológrafo con fecha de 15 de enero de 2014, por lo que, tras los trámites oportunos, solicita la nulidad de la declaración de herederos y la adveración y protocolización del testamento ológrafo donde su finado esposo le lega el usufructo vitalicio de la vivienda, única propiedad de Carmelo Cotón.
El testamento ológrafo es el siguiente (imagínense que todo está escrito a mano):
Realizado por: D. Jesús Daniel Ayllón García. Profesor Ayudante Doctor. Universidad de Cantabria.
Preguntas
Material de estudio
Bibliografía:
- Fundamento de Derecho Tercero del Auto de la Audiencia Provincial de A Coruña nº 143/2010, de 08 de octubre (Roj: AAP C 635/2010).
- DÍEZ-PICAZO, L. y GULLÓN, A., Sistema de Derecho Civil, Volumen IV, Tomo 2, Derecho de Sucesiones, 12ª Edición, Tecnos, Madrid, pp. 63-65.
MAGRO SERVET, V., “Características para la validez del testamento ológrafo”, Actualidad civil, nº. 1, 2018.
PÁRAMO Y DE SANTIAGO, C., “Testamento ológrafo: elementos necesarios para su validez”, CEFLegal: Revista práctica de derecho. Comentarios y casos prácticos, nº. 211-212, 2018, pp. 166-171.
Legislación:
- Código Civil. Disponible en https://www.boe.es/eli/es/rd/1889/07/24/(1)/con [Consulta: 23 noviembre 2023].
- Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria. Disponible en https://www.boe.es/eli/es/l/2015/07/02/15/con [Consulta: 23 noviembre 2023].