Disposición mortis causa a favor de los pobres.
Supuesto de hecho:
Rosalinda era una mujer muy querida en El Puerto de Santa María. Todo el que la conoció la recuerda con cariño, sobre todo como consecuencia de las obras benéficas en las que estaba continuamente involucrada. Tal era su implicación con los más desfavorecidos, que dispuso en su testamento que, a su muerte, todos sus bienes se adjudicaran a “los pobres de El Puerto de Santa María”.
Su delicado estado de salud la obligó a abandonar esta ciudad durante sus últimos años de vida, que pasó en Arcos de la Frontera al cuidado de una de sus sobrinas. Tras fallecer Rosalinda, celebran una Junta el alcalde, el párroco y el juez municipal de El Puerto de Santa María, decidiéndose en la misma que, para beneficiarse de la disposición establecida por Rosalinda, sería necesario estar empadronado en El Puerto, así como cumplir una serie de requisitos que conferirían a la persona en cuestión la condición de “pobre”.
David, que se mudó hace un año a San Fernando, al enterarse de que Rosalinda dejaba todos sus bienes a los pobres de El Puerto de Santa María, reclama la cuota que entiende le pertenece en virtud del artículo 749 del Código Civil y que no le ha sido asignada tras el reparto realizado por la Junta. David alega tener la condición de “pobre”, así como haber vivido 20 años en El Puerto, aunque en ese momento no estuviera empadronado allí. Además, dice haber tenido una relación muy cercana con Rosalinda.
Realizado por: Dña. Covadonga López Suárez. Investigadora Predoctoral FPU de Derecho Civil. Universidad de Cádiz.
Preguntas
Material de estudio
Bibliografía:
- ALBALADEJO GARCÍA, M., Curso de Derecho civil, t. V. Madrid, Edisofer, 2013, pp. 242-243.
- DÍEZ-PICAZO Y PONCE DE LEÓN, L. y GULLÓN BALLESTEROS, A., Sistema de Derecho civil, v. IV, Madrid, Tecnos, 2006, p. 353.
- LASARTE ÁLVAREZ, C. y GARCÍA PÉREZ, C., Principios de Derecho civil, v. VI, Madrid, Marcial Pons, 18.ª ed., 2024, pp. 83.
Legislación:
- Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil. Disponible en https://www.boe.es/eli/es/rd/1889/07/24/(1)/con [Consulta: 29 octubre 2024].

