Sociedad de gananciales. Fraude en capitulaciones matrimoniales.

Supuesto de hecho: 

El Sr. Alberto de profesión veterinario asumió un préstamo personal para la ampliación de su negocio en previsión de la instalación de una macro granja en el pueblo que habitaba. No obstante, la bajada repentina del consumo de carne en la región provocó que la empresa encargada de instalarla se echara atrás. Asimismo, el Sr. Alberto tenía una deuda personal contraída antes de casarse para sufragar el barco de recreo con el que solía navegar los fines de semana. Ante las dificultades económicas que atravesaba el matrimonio, el Sr. Alberto decidió junto con su mujer, la Sra. Blanca, otorgar capitulaciones matrimoniales mediante las cuales pasaron de régimen de gananciales a régimen de separación de bienes. Tras la liquidación de la sociedad de gananciales, la Sra. Blanca se adjudicó privativamente la práctica totalidad de los bienes que constituían el haber de los esposos, sin cumplir con el pago de ninguna deuda anterior a pesar de la oposición de los acreedores, con el objeto de dificultar la persecución de los bienes por parte de estos últimos.

Realizado por: D. Gonzalo Muñoz Rodrigo. Profesor Ayudante de Derecho Civil. Universidad de Valencia.

Material de estudio

Bibliografía:

  • Blascó Gascó, F., “Modificación del régimen económico matrimonial y perjuicio de terceros: la norma del artículo 1317 CC”, Anuario de Derecho Civil, 1993, vol. 46, n.º 2, pp. 599-642.
  • Guilarte Gutiérrez, V., “18 de julio de 1991. Rescisión de capitulaciones matrimoniales fraude de acreedores”, Cuadernos Civitas de Jurisprudencia Civil, 1991, n.º 27, pp. 889-910.
  • Pérez García, M. J., “La ineficacia de la liquidación de la sociedad de gananciales: estudio jurisprudencial”, Anuario de Derecho Civil, 2002, vol. 55, núm. 1, pp. 225-255.

Legislación: