La indemnización por nulidad del matrimonio.

Supuesto de hecho: 

María contrajo matrimonio canónico con Pablo. Sin embargo, tras más de treinta años de convivencia y dos hijos en común, Pablo solicitó la nulidad de su vínculo matrimonial ante los Tribunales Eclesiásticos. Una vez tramitado el correspondiente procedimiento, el Tribunal Metropolitano del Arzobispado de Madrid dictó Sentencia confirmatoria de la nulidad de su matrimonio con base en la causal de incapacidad para asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por María, debido a la patología de naturaleza psíquica que padece. Ambos cónyuges se mostraron conformes en que se decretase la nulidad de su vínculo matrimonial. No obstante, María pretende que se le reconozca una indemnización en virtud de dicha declaración de nulidad con fundamento en que, desde que contrajo matrimonio, se dedicó íntegramente al cuidado de su marido e hijos.

Realizado por: Dña. Laura Sancho Martínez. Profesora Ayudante Doctora de Derecho Civil. Universidad del País Vasco.

Material de estudio

Bibliografía:

  • DE VERDA Y BEAMONTE, J. R., “Presupuestos de la pensión compensatoria”, en La pensión compensatoria por separación o divorcio, Valencia, Tirant lo Blanch, 2023, pp. 17-36.
  • DÍAZ MARTÍNEZ, A., “Comentario al artículo 98 del Código Civil”, en Comentarios al Código Civil, t. I, Valencia, Tirant lo Blanch, 2013, pp. 1039-1046.
  • LÓPEZ DE LA CRUZ, L., “Comentario al artículo 98 del Código Civil”, en Comentarios al Código Civil, t. I, Valencia, Tirant lo Blanch, 2023, pp. 983-986.

Legislación: