Gastos realizados en vivienda común por uno de los cónyuges tras la disolución de la sociedad de gananciales.

Supuesto de hecho:
D. Creonte y Dña. Antígona contrajeron nupcias sometiendo sus relaciones económicas y patrimoniales a un régimen de sociedad de gananciales. En vigencia de este régimen, ambos adquirieron de manera onerosa, con dinero ganancial, una vivienda familiar en Almería por el importe de 250.000,00 euros.
Pasados algunos años deciden divorciarse. Una vez disuelta la sociedad de gananciales, y sin que ninguno de los dos haya instado las operaciones particionales ni se pusieran de acuerdo sobre la forma en que seguirían cubriendo los gastos de la vivienda, a fin de evitar problemas con Hacienda, Dña. Antígona realiza el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), así como de derramas extraordinarias y cuotas comunitarias para evitar conflictos con la Comunidad de Propietarios. Hasta el momento, la suma de los gastos que, por tales conceptos, ha abonado Dña. Antígona, con dinero privativo, asciende a 27.000,00 euros.
Además de lo anterior, en ese mismo lapso de tiempo (que corre desde la disolución de la sociedad sin que se hayan instado ni llevado a efecto las operaciones particionales), Dña. Antígona contrata la instalación de gas natural para la vivienda, así como cambio de radiadores, adquiriendo asimismo rejas de terraza y una puerta blindada. Todos estos gastos, también realizados con dinero privativo, arrojan un importe de 18.000,00 euros.
Un tiempo después, y al objeto de evitar seguir asumiendo en solitario los gastos que irroga la conservación de la que fuera la vivienda familiar, Dña. Antígona solicita la formación de inventario para la liquidación de la sociedad de gananciales.
Realizado por: Dña. Romina Santillán Santa Cruz. Profesora Ayudante Doctora de Derecho Civil. Universidad de Zaragoza.
Preguntas
Material de estudio
Bibliografía:
- LACRUZ BERDEJO, J. L. et al., Elementos de Derecho Civil IV: Familia, 2ª ed., Madrid, Dykinson, 2005, pp. 243-262.
- MARTÍNEZ DE AGUIRRE ALDAZ, C., “La partición hereditaria: conceptos generales, operaciones particionales y tipos de partición”, en Curso de Derecho Civil V: Derecho de Sucesiones, 2ª ed., Madrid, Edisofer, 2022, pp. 433-456.
- MARTÍNEZ DE AGUIRRE ALDAZ, C., “La sociedad de gananciales”, en Curso de Derecho Civil IV: Derecho de Familia, 6ª ed., Madrid, Edisofer, 2021, pp. 255-301.
- MARTÍNEZ ESPÍN, P., “Comentarios al Artículo 1.063 CC”, en Comentarios al Código Civil, 3ª ed., Cizur Menor, Aranzadi, 2009, p. 1245.
- MORALEJO IMBERNÓN, N., “Comentarios al Artículo 1.410 CC”, en Comentarios al Código Civil, 3ª ed., Cizur Menor, Aranzadi, 2009, pp. 1651-1653.
Legislación:
- Código Civil. Disponible en
https://www.boe.es/eli/es/rd/1889/07/24/(1)/con [Consulta: 12 octubre 2024]. - Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Disponible en https://www.boe.es/eli/es/l/2000/01/07/1/con [Consulta: 12 octubre 2024].
