El uso público de la imagen de un menor de edad por parte de uno solo de sus progenitores.

Supuesto de hecho: 

Durante el confinamiento domiciliario provocado por la alerta por Covid19, la modelo Rosa Mun, rostro habitual de los medios de “prensa del corazón”, comparte con la productora televisiva XD un reportaje en el que muestra cómo pasa las horas de encierro con sus dos hijas menores. En el reportaje se enseña como la madre y las niñas (sin pixelarse su rostro) hacen juegos, bailes, postres y otras actividades de entretenimiento. Un año después, la modelo comparte en su cuenta pública de Instagram un video en el que se atormenta tras anunciar la pérdida de la custodia de sus hijas por parte del padre de las menores. En el video muestra fotos de las niñas al tiempo que se escucha su voz narrando los momentos felices vividos con ellas y la pena que siente por la pérdida de su custodia. De este video se hace eco la productora XD y lo muestra en televisión. El padre de las menores interpone demanda por infracción del derecho a la intimidad y a la propia imagen de las menores al no haber prestado su consentimiento para la exposición pública de su imagen.

Realizado por: Dña. Laura Fernández Echegaray. Profesora Contratada Doctora. Universidad de Cantabria.

Material de estudio

Bibliografía:

  • COLAS ESCANDON, ANA M.: “La defensa del interés del menor en el conflicto entre el derecho a la intimidad de los menores de edad y los derechos y obligaciones derivados de la patria potestad de sus progenitores”, Revista Doctrinal Aranzadi, Civil-Mercantil, núm. 9/2017.

Legislación: