El reconocimiento de la eficacia de una sentencia dictada por juzgado extranjero en materia de gestación subrogada.

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Supuesto de hecho: 

Una pareja española de varones decidió recurrir a la gestación subrogada en el Estado de Texas (EEUU), suscribiendo a tal fin un acuerdo con una mujer gestante, y con su esposo, en el que pactaban, entre otras cuestiones, que la gestante entregaría al bebé que naciera a cambio de la correspondiente remuneración, renunciando a cualquier derecho respecto al recién nacido. Ya con anterioridad al nacimiento, el Juzgado núm. 73 de Béxar (Texas) emitió sentencia, de fecha 23 de julio de 2020, en la que validaba el acuerdo y ordenaba la transmisión de la filiación del futuro bebé a la pareja comitente. Tras el nacimiento de dos mellizos, el mismo Juzgado emitió una segunda sentencia, de fecha 20 de noviembre de 2020, en la que reconocía a la pareja española como los padres legales de los niños, concediéndoles su custodia absoluta. Al regresar a España, los padres solicitaron ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de San Roque (Cádiz) el reconocimiento de eficacia de citada sentencia extranjera, a través del correspondiente “exequatur”, con el fin de poder inscribir a los menores en el Registro Civil español.

Realizado por: Laura Fernández Echegaray. Profesora Permanente laboral de Derecho Civil. Universidad de Cantabria.

Material de estudio

Bibliografía:

  • FERNÁNDEZ ECHEGARAY, L.: La gestación por sustitución y la reproducción humana asistida en España: ¿incoherencia normativa o legislación garantista?, Aranzadi, 2019.
  • LAMM, E.: Gestación por sustitución: ni maternidad subrogada ni vientres de alquiler, Observatori de Bioética i Dret, 2013.

Legislación: