Acción de reclamación de filiación no matrimonial.

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Supuesto de hecho: 

Juan, en junio de 2012, inició una relación sentimental con María, la cual duró aproximadamente tres meses. Fruto de esta, María quedó embarazada de una niña, comunicándose la noticia a los amigos y familiares comunes de ambos.

No obstante, al momento del nacimiento de la hija (Sofía), en el Registro se hizo constar únicamente la filiación materna, ya que Juan se había desentendido totalmente de la situación. De hecho, Juan ni siquiera estuvo presente en el momento del nacimiento, que tuvo lugar en junio de 2013.

Desde entonces, Juan no ha prestado ninguno de los cuidados y atenciones que requería la menor (médicos, escolares, etc.), visitándola solamente en dos ocasiones por un corto periodo de tiempo. Ha sido María exclusivamente la que se ha encargado de la asistencia y cuidado de Sofía.

Tres años y medio después del nacimiento de Sofía, más concretamente el 1 de enero de 2017, Juan interpuso una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia contra María, para que se declarase que era el padre biológico de Sofía.

Realizado por: D. Agustín Andrades Navarro. Profesor de Derecho Civil. Universidad de Sevilla.

Material de estudio

  • DE VERDA Y BEAMONTE, J. R. (coord.), Derecho Civil IV (Derecho de familia), Valencia, Tirant lo Blanch, 6.ª edición, 2023.
  • LLAMAS POMBO, E. (dir.), Manual de Derecho civil V: Derecho de familia, Madrid, La Ley, 2021.
  • MARTÍNEZ DE AGUIRRE, C. (coord.), Curso de Derecho civil IV: Derecho de familia, Madrid, Edisofer, 6.ª edición, 2023.