Transmisión de la propiedad. Usucapión. Donación en documento privado.

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Supuesto de hecho: 

En 1980 D. Julio dona a su hijo D. Diego una finca de su propiedad, “El Molino” (situada en La Orotava, Tenerife), a través del otorgamiento de escritura pública.

D. Diego está muy agradecido con su padre, pero no llega a trasladarse a la finca, pues es el lugar donde viven en ese momento tanto D. Julio como Dña. Olga, la madre de aquel. En este sentido, D. Diego desea respetar el espacio que sus progenitores destinan a residencia habitual, por lo que nunca llega a vivir en “El Molino”.

Por el contrario, Dña. Remedios, hermana de D. Diego, pasa ciertas temporadas vacacionales en “El Molino”, lugar donde, una vez alcanzada la edad de jubilación, fija su residencia con la finalidad de poder asistir mejor a Dña. Olga.

En octubre de 1996 D. Diego dona la finca a su hermana, Dña. Remedios, a través de un documento privado.

Debido a un malentendido, D. Diego y Dña. Remedios cortan toda relación en agosto de 2023.

En octubre de 2023 D. Diego demanda a Dña. Remedios ejercitando una acción reivindicatoria, por lo que es oportunamente emplazada.

Realizado por: Irene Aznar Sánchez-Parodi. Ayudante Doctora de Derecho Civil. Universidad de La Laguna.

Material de estudio

Bibliografía: 

  • De Pablo Contreras, P., “La usucapión”, en Curso de Derecho Civil (III). Derechos Reales (coord. De Pablo Contreras, P.), 5ª ed., Edisofer, Madrid, 2020, pp. 419-446.
  • Díez-Picazo y Ponce de León, L. y Gullón Ballesteros, A., Sistema de Derecho civil Vol. II (T. 1) Derechos reales en general. Posesión. Propiedad. El registro de la propiedad, 10ª ed., Tecnos, Madrid, 2019, pp. 79-118; 119-133.

Legislación: