Los efectos de la reserva mental en la celebración del contrato de seguro.

Supuesto de hecho: 

Una señora de mediana edad concertó un contrato de seguro para caso de invalidez con una compañía de seguros.

Al llegar a la sucursal, cumplimentó un cuestionario que le fue requerido el agente de seguros para conocer su estado de salud a los efectos de la valoración del riesgo que iba a quedar asegurado en el contrato, dando respuesta a las siguientes preguntas:

– ¿Ha acudido a una consulta médica durante los últimos cinco años?
– ¿Padece alguna enfermedad en la actualidad?
– ¿Tiene una intervención quirúrgica pendiente de realización?

La respuesta a todas estas preguntas obtuvo una contestación negativa en tanto que todos los médicos a los que había visitado no fue sino con motivo de revisiones.

Así calificó a la mamografía que acababa de realizarse durante esa misma mañana por prescripción oncológica a los efectos de supervisar la evolución que estuviera teniendo el fibroadenoma que hacía no mucho tiempo le había causado la retroacción del pezón aunque tenía un alto índice de probabilidad de concluir con un diagnóstico de cáncer.

También obvió la citación que por aquel entonces tenía asignada en su hospital para que le realizaran una biopsia en la medida en que no era una intervención quirúrgica de acuerdo con la información de la que disponía al tiempo de emitir sus declaraciones.

El resultado confirmó el diagnóstico que el oncólogo advirtió a partir de los síntomas expresados concluyendo la existencia de un tumor en una de las mamas de la paciente.

Ahora exige el cumplimiento del contrato de seguro con la pretensión de conseguir que se le abone en su cuenta corriente la indemnización acordada para caso de invalidez en atención a la incapacidad que acaba de serle reconocida por razón de enfermedad.

Realizado por: D. Adrián Arrébola Blanco. Profesor Ayudante Doctor de Derecho Civil. Universidad Complutense de Madrid.

Material de estudio

Bibliografía:

  • ALBALADEJO GARCÍA, M., Derecho civil, t. I, Edisofer, 19.ª edición, Madrid, 2013.
  • BROSETA PONT, M. y MARTÍNEZ SANZ, F., Manual de Derecho mercantil, v. II, Madrid, Tecnos, 30.ª edición, 2024.
  • MARTÍNEZ DE AGUIRRE Y ALDAZ, C. (coord.), Curso de Derecho civil, t. II, v. II, Edisofer, 6.ª edición, Madrid, 2024.
  • MENÉNDEZ MENÉNDEZ, A. y ROJO FERNÁNDEZ-RÍO, A. (dirs.), Lecciones de Derecho mercantil, v. II, Cizur Menor, Aranzadi, 22.ª edición, 2024.
  • SÁNCHEZ CALERO, F. y SÁNCHEZ-CALERO GUILARTE, J., Instituciones de Derecho mercantil, v. II, Cizur Menor, Aranzadi, 37.ª edición, 2015.

Legislación: