El nombre y los apellidos: orden de los apellidos e interés superior del menor.

Supuesto de hecho: 

Doña Alicia Armengol y don Bruno Blanco, pareja de hecho, tuvieron un hijo en 2013. Como doña Alicia veía que don Bruno no estaba muy convencido de si quería formar parte de la vida del menor, decidió acudir por sí sola al Registro Civil e inscribir al niño como hijo suyo exclusivamente, transmitiéndole sus apellidos. Pasados catorce años, don Bruno decidió que quería reconocer al pequeño Carlos. Doña Alicia se mostró ilusionada al principio, pero le hizo saber que el primer apellido del menor seguiría siendo el materno, argumentando que el menor era conocido por la familia y amigos como Carlos Armengol. Viendo que no iban a ponerse de acuerdo, don Bruno decidió acudir a los tribunales y pedir simultáneamente la determinación de la filiación y la imposición de su primer apellido como primer apellido de Carlos.

Realizado por: D. Carlos Castells Somoza. Investigador Predoctoral de Derecho Civil. Universidad Autónoma de Madrid.

Material de estudio

Bibliografía:

  • BERCOVITZ RODRÍGUEZ-CANO, R. (coord.), Manual de Derecho civil: Derecho privado y Derecho de la persona, Madrid, Bercal, 8.ª edición, 2021.
  • DE LA IGLESIA MONJE, M. I., “El interés superior del menor y el orden de los apellidos sin acuerdo de los progenitores tras la determinación de la filiación de manera sobrevenida”, Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, 2017, n.º 761, pp. 1433-1448.
  • QUICIOS MOLINA, M. S., “Orden de los apellidos: autonomía privada, interés superior del menor y no discriminación por razón de sexo”, Derecho Privado y Constitución, 2021, n.º 39, pp. 249-286.
  • QUICIOS MOLINA, M. S., “Comentarios al artículo 109 del Código Civil”, en Comentarios al Código Civil, Cizur Menor, Aranzadi, 5. edición, 2021.

Legislación:

Jurisprudencia:

  • STS 659/2016, de 10 de noviembre (Roj: 4839/2016).
  • STS 130/2018, de 7 de marzo (Roj: 813/2018).
  • STS 439/2020, de 17 de julio (Roj: 2673/2020).
  • RDGRN 29/2016, de 22 de enero.