Capacidad contractual: compraventa de moto por menor de edad y contrato de crédito de consumo.

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Supuesto de hecho: 

A pocos meses de cumplir la mayoría de edad, Luis compra una moto. La moto, Honda de 150 cc tiene un precio de 6.500 euros.

Para poder pagar la moto, Luis contrata la financiación de dicha compra con un préstamo de consumo, al 3% de interés. En el contrato de financiación se expresan todas las condiciones particulares del préstamo: el capital del préstamo, el tipo de interés nominal aplicable, la comisión por cancelación y por devolución pactada y el cuadro de amortización del contrato resultando una cuota fija durante toda la vida del préstamo de 145 euros mensuales. En el contrato de financiación se indican como gastos de devolución bancaria de recibos, el importe de 15 euros por recibo.

Luis no realiza acción alguna al llegar a la mayoría de edad, pero un año después, por razones laborales deja de pagar los recibos, acumulándose once mensualidades consecutivas sin pagar. La financiera le demanda para exigir el pago de los recibos pendientes, los intereses devengados y los gastos bancarios derivados de la devolución de los recibos.

Realizado por: Dña. María Teresa Álvarez Moreno. Catedrática de Derecho Civil. Universidad Complutense de Madrid.

Material de estudio

Bibliografía:

  • BERCOVITZ RODRÍGUEZ-CANO, R., Manual de Derecho civil: contratos, Madrid, Bercal, 2023, pp. 33-34.
  • GARCÍA VICENTE, J. R., “Comentario al artículo 1263 del Código Civil”, en Comentarios al Código Civil, Cizur Menor, Aranzadi, 5.ª edición, pp. 1627-1631.

Legislación: