La imputación de la privación de derechos como penalidad civil.

Supuesto de hecho: 

Doña Casilda acudía cada día a la casa de su hermano Anselmo para ayudarle con las responsabilidades domésticas hasta que hace dos años, al llegar a su domicilio, encontró a su hermano en pijama y completamente desaliñado y, sin mediar una sola palabra, comenzó a golpearla hasta provocarle la muerte.

La sentencia que concluyó el proceso penal declararon como probados los hechos que se detallan a continuación:

“Don Anselmo concibió el objetivo de acabar con su hermana y, mientras le esperaba en el salón, cogió un estilete que escondía en el cajón de la cómoda de su dormitorio y se abalanzó sobre ella haciéndole caer de bruces y, una vez tendida en el suelo y sin posibilidad de defenderse, comenzó a apuñalarla repetidamente hasta que falleció”.

La exploración psiquiátrica practicada al acusado tras la detención concluyó que al tiempo de cometer los hechos que le fueron atribuidos se encontraba en un estado de demencia que anulaba su capacidad de discernimiento hasta el punto de afectar a la voluntariedad.

La demencia que le fue diagnosticada es un trastorno degenerativo que trae consigo la incapacidad para contener sus impulsos dando lugar a conductas que pueden comprender episodios de violencia extrema como el acontecido.

El informe de los facultativos advierte que el deterioro cognitivo que padece el acusado no presenta oportunidades de mejora en tanto en cuanto conduce a una evolución progresiva irreversible que avanza a una mayor degeneración.

Esta situación condujo a la exención de la responsabilidad penal del acusado sin perjuicio de la civil con respecto a la indemnización de los daños morales causados a los hermanos de la víctima como los únicos familiares que tenía al tiempo de producirse su fallecimiento.

Ahora bien, doña Casilda tenía suscrito un contrato de seguro de vida en cuya póliza designaba como beneficiario a su hermano don Anselmo, pero el pago de la indemnización le fue denegado a la vista de los acontecimientos en favor de los demás hermanos de ambos, en calidad de herederos de doña Casilda.

En este contexto, doña María Victoria acaba de interponer una demanda por medio de cual solicita del tribunal que condene a la aseguradora a proceder al pago de la indemnización convenida a su padre Anselmo, actuando en su nombre como curadora representativa.

Realizado por: D. Adrián Arrébola Blanco. Prof. Ayudante Doctor de Derecho Civil. Universidad Complutense de Madrid.

Material de estudio

Bibliografía:

  • AA.VV., Curso de Derecho civil (coord. C. MARTÍNEZ DE AGUIRRE Y ALDAZ), t. II, v. II, Edisofer, 6.ª edición, Madrid, 2024.
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  • BROSETA PONT, M. y MARTÍNEZ SANZ, F., Manual de Derecho mercantil, v. II, Tecnos, 30.ª edición, Madrid, 2024.
  • DÍEZ-PICAZO Y PONCE DE LEÓN, L. y GULLÓN BALLESTEROS, A., Sistema de Derecho civil, v. II, t. II, Tecnos, 12.ª edición, Madrid, 2018.
  • MUÑOZ CONDE, F., Derecho penal: parte especial, Tirant lo Blanch, 24.ª edición, Valencia, 2022.
  • MUÑOZ CONDE, F. y GARCÍA ARÁN, M., Derecho penal: parte general, Tirant lo Blanch, 11.ª edición, Valencia, 2022.
  • SÁNCHEZ CALERO, F. y SÁNCHEZ-CALERO GUILARTE, J., Instituciones de Derecho mercantil, v. II, Aranzadi, 37.ª edición, Cizur Menor, 2015.

Legislación: