El cómputo de los plazos de ejercicio de las acciones de resarcimiento por daños continuados.

Supuesto de hecho: 

Un usuario concertó los servicios que una empresa de telecomunicaciones anunciaba en televisión mediante una conversación telefónica que mantuvo con un teleoperador de la compañía.

La promoción incluía un smartphone de última generación cuyo modelo no coincidía con aquel que acabó siendo entregado en el domicilio del cliente.

El usuario devolvió el smartphone que le había sido enviado por equivocación siguiendo las instrucciones que obtuvo a través del teleoperador que resolvió su solicitud de anulación del contrato.

Unos años más tarde recibió una carta de una empresa de recobro de deudas instándole al pago de los servicios que la compañía de telecomunicaciones le había prestado durante la vigencia del contrato que creyó carente de eficacia.

Al día siguiente respondió al remitente oponiéndose al pago que le reclamaba sobre la realidad de los hechos que condujeron hacia este malentendido.

A falta de respuesta, volvió a enviar una comunicación a la empresa de recobro de deudas a propósito de la cual obtuvo como contestación que su oposición había sido trasladada a la compañía de telecomunicaciones, pero acabó siendo incluido en un fichero de solvencia patrimonial a pesar de sus alegaciones.

El usuario formuló una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos y, a través de su abogada, envió un burofax a la compañía de telecomunicaciones solicitando que excluyeran los datos personales de su cliente del fichero de solvencia patrimonial, además de denunciar la situación en la oficina de atención al consumidor en el Ayuntamiento de Alcalá de Henares.

La compañía de telecomunicaciones respondió al consistorio declarando que aplicó una quita a la deuda que mantenía el denunciante sin expresar que procedía a dar de baja sus datos personales en el fichero de solvencia patrimonial.

El usuario interpuso una demanda por la que ejercía acciones de protección civil de su derecho al honor, solicitando al tribunal que condenara a la compañía de telecomunicaciones a darle de baja del fichero de solvencia patrimonial, además de a resarcirle el daño moral experimentado mediante la oportuna indemnización.

La compañía de telecomunicaciones contestó formulando oposición frente a las pretensiones del demandante por estimar que el plazo que correspondía al ejercicio de las acciones entabladas había expirado por completo al tiempo de la interposición de la demanda.

El orden cronológico de los hechos es la que relaciona a continuación:

  • 04-11-2020: Contratación de los servicios de la compañía de telecomunicaciones.
  • 26-02-2021: Reclamación de pago de la empresa de recobro de deudas.
  • 15-03-2021: Contestación del usuario a la reclamación de pago de la deuda.
  • 31-03-2021: Alta del usuario en el fichero de solvencia patrimonial.
  • 19-04-2021: Presentación de la denuncia del usuario en la Agencia Española de Protección de Datos.
  • 21-04-2021: Envío de burofax por la abogada del usuario.
  • 21-04-2021: Baja del usuario en el fichero de solvencia patrimonial.
  • 30-06-2025: Presentación de la demanda del usuario frente a la compañía de telecomunicaciones ante el Tribunal de Instancia.

La demanda se encuentra pendiente de ser resuelta por los tribunales.

Realizado por: D. Adrián Arrébola Blanco. Prof. Ayudante Doctor de Derecho Civil. Universidad Complutense de Madrid.

Material de estudio

Bibliografía:

  • AA.VV., Curso de Derecho civil (coord. P. DE PABLO CONTRERAS), t. I, v. II, Edisofer, 7.ª edición, Madrid, 2021.
  • AA.VV., Curso de Derecho civil (coord. P. DE PABLO CONTRERAS), t. I, v. I, Edisofer, 7.ª edición, Madrid, 2021.
  • AA.VV., Derecho civil I (Derecho de la persona) (coord. J. R. DE VERDA Y BEAMONTE), Tirant lo Blanch, 5.ª edición, Valencia, 2025.
  • AA.VV., Derecho civil: introducción, fuentes, Derecho de la persona, derecho subjetivo, derecho de propiedad (dir. A. CARRASCO PERERA), Tecnos, 9.ª edición, Madrid, 2023.
  • ALBALADEJO GARCÍA, M., Derecho civil, t. I, Edisofer, 15.ª edición, Madrid, 2009.
  • BLASCO GASCÓ, F. DE P., Instituciones de Derecho civil: parte general, Tirant lo Blanch, 2.ª edición, Valencia, 2022.
  • DÍEZ-PICAZO Y PONCE DE LEÓN, L. y GULLÓN BALLESTEROS, A., Sistema de Derecho civil, v. I, Tecnos, 13.ª edición, Madrid, 2016.
  • LACRUZ BERDEJO, J. L. et al., Elementos de Derecho civil, t. I, v. II, Dykinson, 6.ª edición, Madrid, 2010.
  • LACRUZ BERDEJO, J. L. et al., Elementos de Derecho civil, t. I, v. III, Dykinson, 3.ª edición, Madrid, 2005.

Legislación: