TEST 39. Adquisición y extinción de las servidumbres. Derechos y obligaciones de los propietarios de los fundos dominante y sirviente (arts. 537 a 548)
Elaborado por: Vanesa Sánchez Ballesteros. Prof.ª Dra. de Derecho Civil. Universidad de Jaén.
TEST 39. Adquisición y extinción de las servidumbres. Derechos y obligaciones de los propietarios de los fundos dominante y sirviente (arts. 537 a 548)
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Pregunta 1 de 20
1. Pregunta
1. Las servidumbres continuas y aparentes, según el artículo 537 del Código Civil, se adquieren:
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Pregunta 2 de 20
2. Pregunta
2. Las servidumbres continuas no aparentes y las discontinuas sean aparentes o no, se adquirirán:
CorrectoIncorrecto -
Pregunta 3 de 20
3. Pregunta
3. Para adquirir por prescripción una servidumbre positiva, el tiempo de posesión empezará a contar:
CorrectoIncorrecto -
Pregunta 4 de 20
4. Pregunta
4. La falta de título constitutivo de las servidumbres que no pueden adquirirse por prescripción, únicamente se puede suplir por:
CorrectoIncorrecto -
Pregunta 5 de 20
5. Pregunta
5. La existencia de un signo aparente de servidumbre entre dos fincas establecido por el propietario de ambas, se considerará si se enajenara una:
CorrectoIncorrecto -
Pregunta 6 de 20
6. Pregunta
6. ¿Qué se entiende, según el Código Civil, al establecerse una servidumbre?
CorrectoIncorrecto -
Pregunta 7 de 20
7. Pregunta
7. Según el Código Civil, el dueño del predio dominante tendrá derecho a hacer sobre el predio sirviente:
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Pregunta 8 de 20
8. Pregunta
8. Según el Código Civil ¿en qué momento podrán llevarse a cabo las obras de mejora o conservación de la servidumbre?
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Pregunta 9 de 20
9. Pregunta
9. Si fueran varios los dueños de los predios dominantes, ¿a quién le corresponderá a contribuir con los gastos de mejora y conservación de la servidumbre?
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Pregunta 10 de 20
10. Pregunta
10. Si la servidumbre ocasionara incomodidad al predio sirviente o le privase de hacer obras, reparos o mejoras:
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Pregunta 11 de 20
11. Pregunta
11. ¿Es posible que una servidumbre se extinga?
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Pregunta 12 de 20
12. Pregunta
12. ¿Qué puede ocurrir si una servidumbre no se usa durante un periodo de veinte años, según el artículo 546 del Código Civil?
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Pregunta 13 de 20
13. Pregunta
13. Son modos de extinguirse las servidumbres:
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Pregunta 14 de 20
14. Pregunta
14. Según el Código Civil, si uno de los predios dominantes dejase de usar la servidumbre durante 20 años:
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Pregunta 15 de 20
15. Pregunta
15. En los casos de existir varios predios dominantes y uno de ellos se negará a participar en los gastos de conservación de la servidumbre:
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Pregunta 16 de 20
16. Pregunta
16. ¿Se podrán adquirir de igual modo las servidumbres positivas y negativas?
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Pregunta 17 de 20
17. Pregunta
17. ¿Cómo se podrá constituir una servidumbre discontinua según el Código Civil?
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Pregunta 18 de 20
18. Pregunta
18. Si tuviésemos el reconocimiento del dueño del predio sirviente:
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Pregunta 19 de 20
19. Pregunta
19. Según el TS, una servidumbre por destino del artículo 141 del Código Civil, únicamente cabe estimarla:
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Pregunta 20 de 20
20. Pregunta
20. Las servidumbres, según el Código Civil, se establecen:
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